
Para distribuir cosmética profesional en la UE no necesitas un registro por país

Si distribuyes en otro país de la Unión Europea una cosmética fabricada en España, no tienes que volver a registrarla: la notificación que el fabricante hace en el portal europeo CPNP vale para todo el mercado único. Solo hay una excepción que te afecta directamente, y es traducir el etiquetado por tu cuenta.
Una sola notificación para todo el mercado europeo
Antes de vender un cosmético en la UE, la persona responsable del producto lo notifica en el CPNP, el portal de la Comisión Europea. Esa notificación es única. Como explica la propia Comisión en su página sobre el CPNP, una vez notificado el producto no hace falta ninguna notificación adicional a nivel nacional dentro de la UE.
Para un distribuidor de cualquier otro país de la UE, eso cambia bastante el arranque. No hay registro sanitario país por país ni aduanas entre Estados miembros: el producto que sale de Tudela entra en tu almacén con la misma situación legal que tenía en España.
Quién responde del producto y quién no
La figura clave del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos es la persona responsable. En un producto fabricado en la UE, es por defecto el propio fabricante, que se ocupa de la fórmula, la evaluación de seguridad, el expediente del producto y la notificación.
El distribuidor tiene su papel, pero es otro:
| Quién | Qué le corresponde |
|---|---|
| Fabricante (persona responsable) | Fórmula, seguridad, expediente y notificación CPNP |
| Distribuidor | Revisar etiquetado, idioma y fecha de duración |
| Distribuidor | Conservar y transportar sin dañar el producto |
| Distribuidor que traduce por su cuenta | Presentar su propia notificación |
El distribuidor solo pasa a ser persona responsable si vende el producto con su propio nombre o marca, o si lo modifica de forma que pueda afectar al cumplimiento de la norma. El reglamento aclara que traducir la información del producto no cuenta como esa modificación.
La excepción que sí te afecta: traducir el etiquetado
El idioma del etiquetado lo decide cada Estado miembro, así que vender en otro país suele exigir etiquetas en su lengua. Aquí aparece la única obligación propia del distribuidor ante el CPNP:
Un distribuidor que comercialice en un Estado miembro un producto cosmético ya introducido en el mercado en otro Estado miembro y traduzca, por propia iniciativa, cualquier elemento del etiquetado de ese producto con objeto de cumplir con la legislación nacional, deberá presentar, por medios electrónicos, la siguiente información a la Comisión.
La información es breve: la categoría del producto, su nombre en cada país, el país donde se vende, tus datos y los de la persona responsable. La clave está en la expresión por propia iniciativa. Antes de firmar, conviene aclarar con el fabricante quién prepara el etiquetado en tu idioma, porque de eso depende que tengas que notificar tú o no.
Qué hace el fabricante para que empieces sin trámites
Yanguas Professional formula y fabrica en Tudela (Navarra), y sus productos están formulados según el reglamento europeo de cosméticos y notificados en el CPNP. Para los distribuidores de otros mercados, coordina el etiquetado y la documentación técnica que exige cada país.
A eso se suma lo que no depende de la normativa: exclusividad por país mediante contrato, incorporación progresiva de referencias, formación técnica para tu red y material comercial adaptado al mercado.
💡 Antes de pedir la primera partida: pide al fabricante la lista de referencias notificadas en el CPNP y confirma en qué idiomas tiene ya el etiquetado. Te ahorra trabajo y te dice si vas a tener que notificar algo tú.
Si distribuyes cosmética profesional en otro país de la Unión Europea y quieres incorporar una marca española de peluquería, en la página de distribución internacional de Yanguas Professional puedes contarnos tu mercado y tu tipo de empresa.


